Mensaje de Vandana Shiva a propósito de la 16ª Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica.
La Cámara Federal de Mar del Plata no concede el Recurso Extraordinario por el tema de las petroleras offshore.
Ante la inadmisibilidad del recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia que habilitó las exploraciones sismicas, la misma quedó firme y desde hoy las empresas pueden comenzar con la actividad exploratoria.
Información25/01/2023Naturaleza de DerechosLa Cámara Federal de Mar del Plata en una escueta resolución en plena feria judicial rechazó por inadmisible el Recurso Extraordinario que se había interpuesto contra la sentencia del mismo tribunal que autorizaba las exploraciones sísmicas en las aguas jurisdiccionales argentinas sobre el Oceáno Atlántico a 300 /400 kms de la Costa Bonaerense.
El Recurso Extraordinario tenía como finalidad llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para revocar el fallo judicial y con el acto de su admisión obtener la suspensión de los efectos de la sentencia de la Cámara.
Como consecuencia inmediata, el rechazo de la Cámara Federal cuya sentencia fue notificada esta mañana, habilita desde hoy a la empresa corporación Equinor a realizar los bombardeos sonoros sobre el mar, con altísimas implicancias negativas para las poblaciones de Ballenas Francas Australes y la fauna marina en su hábitat natural, y con ello, darle inicio al proceso extractivo petrolero offshore,
La Resolución Judicial que fue firmada por los jueces Eduardo Jimenez y Bernardo Bibel (lo hizo en carácter de conjuez ante la licencia del integrante de la Cámara Alejandro Tazza), declara inadmisible el recurso extraordinario con un argumento ritualista y falaz que desconoce doctrina juridica ambiental que establece que las decisiones judiciales en materia ambiental en una instancia cautelar habilitan la vía recursiva extraordinaria ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Además de ello, la Cámara Federal en cabeza del Sr Eduardo Jimenez, el mismo que acusó mendazmente a toda la población movilizada contra el proyecto extractivo como "fascistas ambientales", en un claro revanchismo y con tinte personalista sancionó económicamente a la parte actora imponiéndole las costas procesales (gastos de juicio: honorarios de los abogados/as de la corporaciones Equinor, YPF y del Estado Nacional) con un innegable ardid de amedrentamiento y en abierto desconocimiento de que en las causas ambientales rige el principio de gratuitad, garantizado por el Acuerdo Escazú respecto de los Defensores Y Defensoras Ambientales.
El proceder malicioso y obcecado de la Cámara Federal es una muestra más de la grave crísis que atraviesa a gran parte del Poder Judicial Federal, con jueces varones patriarcales - como regla general - que en vez de velar por el cumplimiento de las normas ambientales se convierten en auténticos socios y cómplices del extractivismo y del poder económico, que encima tienen el tupe de descalificar impunemente a los defensores ambientales como "fascistas" y algo peor, no tienen el mínimo de decoro para excusarse ante las recusaciones por la palmaria falta de imparcialidad.
Igualmente no vamos a bajar los brazos.
En los próximos cinco días debemos trabajar y elaborar la Queja directa ante la Corte Suprema de Justicia, a sabiendas también de que es un tribunal que no ofrece ninguna garantía, partiendo de la base que dos de sus integrantes entraron por la ventana sin que se respete el proceso debido para su nombramiento.
Por ello decimos y reafirmamos que aún cuando se logre obtener sentencias judiciales favorables para el ambiente y la naturaleza, en líneas generales ejercer el derecho ambiental como abogados y abogadas en la Argentina se ha convertido en una labor insalubre y hasta indignante cuando nos tenemos que cruzar en la praxis judicial con jueces sesgados como los de la Cámara Federal de Mar del Plata, resultando imperioso que el Estado - tal como desde Naturaleza de Derechos se viene reclamando desde hace años - tanto a nivel nacional como en los ordenes provinciales, cumpla debidamente con el Acuerdo Escazú creando un Fuero especializado en Derecho Ambiental con la designación transparente y pública de todos sus integrantes. Hasta que ello no suceda, la Argentina no garantiza el presupuesto mínimo del acceso a una JUSTICIA AMBIENTAL y expone a los Defensores y Defensoras Ambientales y toda la población afectada por los extractivismos a las arbitraridades de un poder judicial tendencioso y/o obtuso.
En la Queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que se interpondrá en la causa "Organización Ambientalistas Autoconvocados" - en la que Naturaleza de Derechos acompaña con el patrocinio jurídico gratuito - solicitaremos que de modo urgente se suspendan los efectos de la sentencia que autoriza las exploraciones sísmicas, se le de intervención a la Procuración General de la Nación, se abra la instancia de Amicus Curiae y se designe una Audiencia ante la misma Corte Suprema para que las partes puedan expresarse oralmente.
En ese contexto procesal que en lo inmediato se avecina es fundamental la continuación y profundización de la movilización social en una causa que involucra en lo inmediato - en cuanto a los impactos directos de las exploraciones sismicas - a la naturaleza representada por las Ballenas Francas Australes y la fauna marina, pero también a la sociedad en su conjunto por las implicancias transgeneracionales ambientales y climáticas del proyecto extractivo petrolero offshore que motiva los bombardeos sonoros en búsqueda de hidrocarburos en las profundidades del lecho marino.
Sumate, en lo que puedas, a informarte objetivamente, a investigar y participar, a tomar conciencia y ayudar a concientizar, a difundir, no mires para otro lado, además de estar entregando el mar a las corporaciones económicas - acá no hay grietas en el poder político -, están habilitando en un marco de crisis climática (explícita en estos meses con la sequía reinante y altísimas temperaturas) un proyecto extractivo que va en abierto contrasentido a las medidas de mitigación y adaptación al cambio climático que deben adoptarse, entre ellas el abandono urgente e impostergable del uso de los combustibles fósiles. Comprometete, las Generaciones Futuras te lo agradecerán.
Por último, tengamos presente que a partir de este mediodia las Ballenas Francas Australes y la fauna marina que habitan las aguas jurisdiccionales argentina en el Oceáno Atlántico están en situación de riesgo de daño grave e irreparable con el guiño cómplice de UNA JUSTICIA INADMISIBLE
La Justicia Federal de La Plata deja sin efecto resolución que validó las fumigaciones terrestres con agrotóxicos a 150 metros de los centros poblados en Pehuajó.
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La fumigación de agrotóxicos con drones llega a la justicia.
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Se trata de un proyecto de Ley de una diputada terrateniente de Alberti que autoriza el uso de agrotóxicos a 10 metros de los centros poblados, escuelas rurales, áreas naturales protegidas, reservas naturales, cursos y espejos de agua.
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El Tribunal al conceder con efecto suspensivo el recurso reestableció la cautelar de 300 metros de resguardo para las aplicaciones terrestres con agrotóxicos, suspendiendo los 150 metros previstos en la ordenanza local. Texto de la sentencia.
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