La Justicia Federal de Rosario mantiene la cautelar de prohibición de fumigaciones con agrotóxicos en Pergamino.

El Tribunal Oral Federal Nro 2 de Rosario rechazó el pedido del Intendente de Pergamino de levantar la cautelar que prohibió las fumigaciones terrestres y aéreas con agrotóxicos a menos de 1095 y 3000 metros, respectivamente, del centro urbano pergaminense.
Información06/11/2025Naturaleza de DerechosNaturaleza de Derechos
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En una decisión judicial significativa por inédita, el Tribunal Oral Federal Nro 2 de Rosario, rechazó el pedido impertinente del Intendente de Pergamino solicitando el levantamiento de la medida cautelar que en el marco de la causa penal promovida por Sabrina Ortiz, el Juzgado Federal Nro 2 de San Nicolás dispuso en el año 2019, ordenando la suspensión de las fumigaciones terrestres y aéreas con agrotóxicos a 1095 y 3000 metros, respectivamente, del centro urbano pergaminense.

El funcionario municipal alegó en su pedido las Buenas Prácticas Agrícolas y utilizó los mismos fundamentos que el Proyecto de Ley del Veneno en estado parlamentario en el Congreso Nacional, continuando así su derrotero pro-veneno que sin escúpulos fue acompañado de todo el arco del agronegocio: Sociedad Rural de Pergamino, Aapresid, Coninagro, Sociedad de Cerealistas del Norte de la Provincia de Buenos Aires, alegando que el Municipio obtuvo la certificación "Municipio Verde" y que con ello garantiza el cumplimiento de la Buenas Practicas Agrícolas. Además señaló que luego de seis años de dispuestas las medidas no se han producido informes técnicos concluyentes que acrediten la persistencia de un riesgo ambiental o para la salud pública que justifique su mantenimiento.

Tras el rechazo contundente del Fiscal Reynares Solari y de la querella a cargo de Sabrina Ortiz con el acompañamiento del abogado Fernando Cabaleiro (Naturaleza de Derechos) sumados los aporte de los Amicus de Vandana Shiva (patrocinio de la abogada Gabriela Ferrer), Sofía Gatica (patrocinio del abogado Darío Avila), el CELS y Centro Europeo por los Derechos Constitucionales y Humano (con el patrocinio del abogado Diego Morales y la abogada María Jose Venancio), el Tribunal Oral Federal Nro 2 mantuvo la cautelar por considerar que no se logró acreditar que la situación de riesgo se neutralice con las medidas propuestas por el Municipio de Pergamino (que son las mismas del Proyecto del Veneno).

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Imawwwergen64Solidaridad y empatía. Sofía Gatica de Madres de Barrio Ituzaingó Anexo - linea fundadora, se presentó como Amicus ante el Tribunal Oral Federal que la citó en los vistos de la resolución. La lucha que Sofía Gatica encarnó junto a otras madres a principios de siglo, sirvió como un faro a Sabrina Ortiz, en su reclamo por justicia ambiental ante los daños de los agrotóxicos en Pergamino Foto Nicolas Pousthomis / Sub.coop /

Textualmente el Tribunal señaló: "Tal como afirmaron las partes acusadoras, las citadas resoluciones dictadas durante la instrucción de la causa fueron dispuestas como mediadas restrictivas, preventivas y precautorias en orden al principio precautorio que rige en materia ambiental conforme lo normado por la ley 25.675 (ley de política ambiental nacional) y no se demostró una alteración fáctica o normativa que amerite revisar la vigencia de las medidas sobre todo si se tiene en cuenta que la finalidad es preventiva y destinada a cesar los efectos del delito investigado de carácter ambiental."

El Tribunal apuntó la mirada atinada del Fiscal Reynares Solari que al contestar la vista corrida señaló "...No quedan dudas que su levantamiento anticipado vaciaría de contenido la investigación efectuada, consolidándose el daño que precisamente se ha querido evitar".

En los vistos de la sentencia se resaltó el aporte como Amicus Curiae de Sofía Elda Gatica, en representación del grupo “Madres de Barrio Ituzaingó anexo - línea fundadora", cuando afirmó que deben mantenerse las medidas cautelares dispuestas en atención a que: "En el presente caso se discuten los alcances, por un lado, de los derechos constitucionales a vivir en un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer a las de las generaciones futuras; la utilización racional de los recursos naturales, la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, el derecho a la salud y la vida, y la probable comisión de un ilícito penal en los términos de la ley nacional 24.051 frente a su violación, y por otro lado, el derecho a la propiedad privada, a trabajar, a ejercer la industria lícita y de comerciar".

La resolución judicial, firmada por unanimidad de sus integrantes: Román Pablo Lanzon, Elena Beatriz Dilario y Eduardo Rodrigues Da Cruz (la primera de un Tribunal Oral Federal), se fundamenta en el estado de la ciencia, y envía una mensaje al Congreso Nacional sobre la suerte judicial del Proyecto de Ley del Veneno, cuyos basamentos son de igual de improcedentes a los expuestos por la autoridad municipal de Pergamino, con el resultado de contundente rechazo, tal como procedió el tribunal federal rosarino.

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