
La Gesta Libertadora por el Agua: Mendoza vuelve a decir No al proyecto minero San Jorge.
Mendoza vuelve a ser un faro en la lucha por el Agua en Argentina ante los avances de la política de estado de despojo y licencia abierta a la megaminería.
En la prueba pericial llevada adelante por el INTA Balcarce, en el marco de una investigacion penal en tramite ante la Justicia Federal de Pehuajó, se encontraron cantidades exorbitantes de Glifosato y su metabolito AMPA, entre otros agrotóxicos, en dos patios de niñeces en el Partido de Pehuajó, que durante años fueron fumigados a 10 metros.
Información01/11/2025
Naturaleza de Derechos
En una causa penal que tramita en el Juzgado Federal de Pehuajó se incorporó el 1 de octubre de 2025 un informe pericial del INTA Balcarce, firmado por la Dra. Virginia Aparicio, que detectó y cuantificó glifosato, AMPA (en cantidad exorbitantes) y otros once principios activos y metabolitos de agrotóxicos en suelos de viviendas del centro poblado de Francisco Madero, lindantes - calle de por medio - a un lote aproximadamente de 25 hectáreas, que desde hace años es sometido a fumigaciones terrestres con dichas sustancias.
Se trata de una pericia solicitada por la parte querellante en manos de Cintia Bongianino - una de las vecinas afectadas - que en defensa de su hija menor de tres años de edad, activó la investigación penal ante un grave episodio ocurrido en plena noche del 17 de septiembre de 2013 en el que los productores agroindustriales Ángela Cangele y Carlos Quiles, sin receta agronómica y con vientos fuertes, llevaron adelante una fumigación terrestre, con los agrotóxicos Glifosato, Dicamba y Flumioxaxin, en el predio en cuestión.
Esa noche, la hija de tres años de la querellante y un bebé que también vive frente al lote fumigado debieron recibir asistencia de urgencia en la Unidad Sanitaria local.
En febrero de 2024, cinco meses después del hecho, la querella se constituyó formalmente - con el patrocinio del abogado Fernando Cabaleiro (Naturaleza de Derechos) y presentó una hoja de ruta probatoria precisa (cadena de custodia, muestreos ambientales y análisis en laboratorios de alta sensibilidad), tras advertir una pesquisa fiscal parsimoniosa (a cargo de Cecilia Mc Intosh) con solicitudes erráticas y absurdad —como pedir al INA un cálculo de “tiempo de viaje” de una molécula de glifosato hasta el límite interprovincial— que ponían en riesgo la eficacia de la investigación.
Se trataba de la misma hoja de ruta que utilizaron el Juez Villafuerte Ruso y el Fiscal Di Lello, en la causa penal de Pergamino, iniciada también por otra madre de niñeces fumigadas, Sabrina Ortiz, con el acompañamiento del abogado Fernando Cabaleiro.
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El ventanal de la cocina de Cintia Bongianino y su vista al campo fumigado. Foto Fernando Cabaleiro. Junio 2024.
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Efectivamente, una las principales medidas requeridas por Cintia Bongianino, centralizaba en la urgente toma de muestras de suelo y agua de las viviendas de los vecinos y vecinas afectados y del campo fumigado, y que las mismas fueran enviadas al laboratorio del INTA Balcarce o en su defecto al del Centro de Investigaciones de Medio Ambiente de la Universidad de la Plata, por contar, ambos, con cromatógrafos adecuados con alta sensibilidad de detección y cuantificación para el rastreo de agrotóxicos de uso actual en la agricultura industrial, que precisamente en una exposición crónica a los mismos, en bajisimas dosis, representan un riesgo de daño grave a la salud, atento al caracter cancerígeno, genotóxico y de alteradores hormonales que muchos de ellos poseen.
Luego de insistencias de la representación de Bongianino, la Fiscalía ordenó en julio de 2024 el estudio a través del INTA Balcarce, limitado a matrices de suelo - increiblemente - por razones presupuestarias. Las muestras fueron levantadas por el Área Científica de la Policía Federal Argentina en agosto de 2024, casi un año después del evento.
Finalmente, el 1 de Octubre de 2025, el INTA Balcarce - luego de varios meses de avería del cromatógrafo - informó al Juzgado Federal de Pehuajó, con la firma de la investigadora Dra. Virginia Aparicio, los resultados de los estudios de los suelos que dan cuenta que en las muestras de los jardines de las viviendas de los dos niños afectados por las fumigaciones de Cangele y Quiles se detectaron y cuantificaron, en su conjunto, 13 principios activos de agrotóxicos y metabolitos.
Concretamente en la vivienda de Cintia Bongianino se detectaron 8 agrotóxicos: Glifosato (111,9 microgramos por kilo), Ametrina (2,8 microgramos por kilo), Atrazina (4,7 microgramos por kilo), Tebuconazol (25,1 microgramos por kilo), Epoxicanazol (23,5 microgramos por kilo), Diazinon (2,2 microgramos por kilo) Piperonil Butoxido (10,9 microgramos por kilo) y Carbaril (no cuantificado por debajo los 2,7 microgramos por kilo).
En el suelo del jardín de la vivienda del bebe fumigado (hoy con dos años y medio) se encontraron 8 principios activos y metabolitos: AMPA (3.423,8 microgramos), Glifosato (106,3 microgramos por kilo), Atrazina OH-metabolito (87,3 microgramos por kilo), Tebuconazol (0,5 microgramos por kilo), Epoxicanazol (10,7 microgramos por kilo), Diazinon (3,2 microgramos por kilo) Piperonil Butoxido (9,2 microgramos por kilo), Metolaclor (0,4 microgramos por kilo).
Asimismo, en la vivienda intermedia, de una vecina, que también sufrió las consecuencias de la fumigación que motivó el inicio de la causa penal, se encontraron 8 principios activos y metabolitos: Metalaxil (0,5 microgramos por kilo), Atrazina OH-metabolito (115,2 microgramos por kilo), Tebuconazol (28,5 microgramos por kilo), Epoxicanazol (24,3 microgramos por kilo), Diazinon (3,3 microgramos por kilo) Piperonil Butoxido (5,9 microgramos por kilo), Metolaclor (1,1 microgramos por kilo) y Metconazil (17,8 microgramos por kilo)
En su informe, Virginia Aparicio le indica al Juzgado Federal de Pehuajó: “Adjunto informe de pericia de las seis (6) muestras correspondientes a la causa: Causa FLP 38092/2023. Se ha detectado y cuantificado la presencia de 13 productos químicos en las muestras de suelo, sobre un total de 25 productos químicos analizados en el laboratorio de la EEA INTA Balcarce. Los productos detectados son carbaril, metalaxil, ametrina, atrazina y su producto de degradación: hidroxiatrazina, epoxiconazol, metolaclor, metconazol, tebuconazol, diazinon, butoxido de piperoilo, glifosato y su producto de degradación: AMPA.”.
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El patrón espacial de detecciones de agrotóxicos —en patios y jardines situados a unos 10 metros del lote fumigado— acredita deriva y alcance extralindero de dichas sustancias, a pesar de haberse realizado el estudio un despues de la fumigación, confirmando, a la vez, su persistencia en el ambiente y corroborando el riesgo por exposiciones crónicas de baja dosis que documenta la ciencia independiente argentina. Para la querella, la pericia robustece el estándar probatorio para solicitar la inmediata citación a indagatoria de Cangele y Quiles, al tiempo que deja al descubierto el déficit investigativo de la fiscalía que supuso demorar y acotar las matrices de estudio (aún resta completar aguas y otras matrices relevantes).
En tal sentido la pericia judicial se agrega al largo listado de evidencias científicas que ponen en tela de juicio no solo el uso de los agrotóxicos en la agricultura, sino también, y muy principalmente, las argumentaciones del agronegocio para intentar justificar el uso de dichas sustancias a escasos metros de las viviendas y los centros poblados, bajo las falacias de que se desactivan en su contacto con el suelo y que no traspasan los límites del predios en los que se los utiliza. Esos mismos argumentos falaces son los pilares del Proyecto de Ley del Veneno - con estado parlamentario en el Congreso Nacional - por el que se pretende validar como presupuesto mínimo el uso de agrotóxicos a la misma distancia en que fueron aplicados en el caso de Pehuajó (del mismo modo que en el antecedente de Sabrina Ortiz en Pergamino).
En concreto, la prueba pericial en el caso de Pehuajó muestra una vez más, la incontrolabilidad de los agrotóxicos cuando son liberados en el ambiente, y también su peligrosidad, que exhibe en el valor hallado en el estudio del INTA Balcarce, tanto en AMPA (3.423,8 microgramos por kilo) como en Glifosato (111,9 microgramos por kilo) en el jardín de dos niños/as fumigados/as de Pehuajó, su inobjetable evidencia de que fumigar a 10 metros de la gente y las niñeces es un acto criminal, y en consecuencia, punible.
Y algo más nos dice: el inconmensurable compromiso de Virginia Aparicio, que aun sometida a un proceso persecutorio en manos de las autoridades del INTA - por su participación en el Proyecto SPRINT -, llevó adelante el estudio pericial para que se sepa la verdad de lo que sucede cuando se fumiga con agrotóxicos cerca de la gente y de los patios/jardindes de las niñeces en los Pueblos Fumigados de la Argentina.

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El Juzgado Contencioso Administrativo de La Matanza en una simple, concisa y precisa resolución escuchó a los vecinos y vecinas de General Rodriguez y en pleno receso judicial ordenó el cese de fumigaciones con agrotóxicos en un predio lindante a los barrios que habitan, ante el peligro que representan para la salud y el ambiente.

El 2 de Enero de 2026 a las 9 am, Naturaleza de Derechos solicitó la habilitación de la feria judicial, para que se dicte una medida cautelar en resguardo de la salud de la población de General Rodriguez ante fumigaciones con agrotóxicos en predios agroindustriales de grandes extesiones lindantes a viviendas y barrios que se encuentran en el centro de población de dicha localidad.

El ITBA entregó los resultados del segundo muestreo realizado por la propia sociedad civil sobre el agua que consume la población de Chivilcoy. Los picos de Arsénico alcanzan los 175 ug/l en agua de pozo y 96 ug/l en el agua de red que distribuye ABSA. El promedio de todas las muestras - tanto de red como de pozo - arrojó un valor de 90 ug/l de Arsénico. nueve veces superior a lo establecido por la justicia provincial y lo recomendado por la OMS.

La Justicia Federal de La Plata en una sentencia contundente rechazó el planteo del Estado Nacional en cuanto a la falta de legitimación en el amparo en el que se reclama la exigencia del monitoreo de los agrotóxicos de uso actual en la agricultura industrial atento a una desactualización inaceptable del Código Alimentario Argentino. No solo eso, la decisión judicial le dio un marco colectivo al reclamo, lo que habilita a una instancia de participación en un proceso relevante en la praxís jurídica por el derecho humano al agua potable en la Argentina.

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Primer antecedente judicial en la provincia de Buenos Aires que prohibió las fumigaciones aéreas cerca de un pueblo.

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