Mensaje de Vandana Shiva a propósito de la 16ª Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica.
Fallo a favor de Marcos Paz en su reclamo por las fumigaciones con Agrotóxicos y el agua contaminada con Arsénico.
La Cámara Contencioso Administrativo de San Martín confirmó las medidas cautelares.
Información20/02/2024Naturaleza de DerechosEn una fundada sentencia la Cámara Contencioso Administrativo de San Martin confirmó la resolución de primera instancia que dispuso la entrega de bidones de agua (libre de agrotóxicos y con niveles de arsénico que no superen lo 10 microgramos por litro) a toda la población, escuelas, centros de salud y deportivos del Partido de Marcos Paz y el monitoreo cuatrimestral sobre presencia de agrotóxicos de uso actual en la Agricultura en el agua de red de consumo humano.
Asimismo ante el silencio del Municipio de Marcos Paz, quedó confirmada la protección mil metros para las aplicaciones con agrotóxicos respecto a la población, emprendimientos agroecológicos y cursos de agua de todo Marcos Paz.
En la centralidad de su decisión el tribunal apuntó jurisprudencia de casos previos de Naturaleza de Derechos (Urricelqui, Bentancourt & Kersich), rechazando las apelaciones de Aguas Bonaerenses y la Provincia de Buenos Aires que presentaron agravios independientes.
Por su lado, ABSA, procuraba eximirse de la entrega de bidones de agua potable (libre de agrotóxicos y con niveles de arsénico que no superen lo 10 microgramos por litro) a toda la población, escuelas y centros de salud de Marcos Paz alegando que el grupo de vecinos y vecinas que se presentaron ante la justicia carecían de legitimación.
La Cámara rechazó el planteo de ABSA en relación a la alegada falta de legitimación activa de los amparistas, para representar en cierto modo a la Comunidad de Marcos Paz en lo que respecta a la calidad del agua para consumo que brinda la empresa prestataria de dicho servicio. Ello, puesto - dice el Tribunal - que en supuestos como el de autos se trata de una “legitimación extraordinaria”. Y apunta "en este caso se trata de cubrir las vicisitudes que surgen cuando la pretensión planteada no viene en cabeza sólo del titular, sino en la masificación del interés, toda vez que el tema del agua para consumo humano representa un bien indivisible que admite “cuotas” identificadas en cada afectado, donde cada uno tiene parte de un todo, pero donde nadie es dueño absoluto."
Por su parte la Provincia de Buenos Aires pretendió resistir el monitorero cuatrimestral de agrotóxicos en el agua de consumo humano que ordenó como medida cautelar el magistrado de primera instancia Dr. Marcelo Giacoia.
La Cámara desestimó de modo contundente la apelación provincial señalando que "cabe destacar que del análisis de la documental aportada por los amparistas, se desprende –prima facie- que los informes presentados por la Universidad de La Plata y la Universidad Nacional de General Sarmiento, darían cuenta en relación a las muestras de agua, de la existencia de diversos agrotóxicos y la presencia en valores superiores incluso a los 0,05 mg/l de arsénico que la recurrente sostiene que la normativa aplicable tolera." La Cámara refiere a un estudio integral realizado por un equipo de investigación de la Universidad de General del Sarmiento que se encargó de llevar adelante el trabajo enviando las muestras de agua a la Universidad de La Plata.
Y concluye señalando que en este aspecto, "se observa en el reducido ámbito de conocimiento propio de todo despacho cautelar, que las circunstancias por el momento probadas exhiben una lesión a garantías fundamentales. Tales extremos denotan la configuración en el caso de los requisitos de procedencia de las medidas cautelares", agregando finalmente que "cabe recordar que el derecho a la salud se encuentra íntimamente relacionado con el derecho a la vida y desde el punto de vista normativo, está reconocido en los tratados internacionales con rango constitucional (art. 75 inc. 22 de la Constitución nacional) siendo extensivo no sólo a la salud individual sino también a la colectiva."
La Justicia Federal de La Plata deja sin efecto resolución que validó las fumigaciones terrestres con agrotóxicos a 150 metros de los centros poblados en Pehuajó.
El tribunal al conceder el recurso con efecto suspensivo reestableció la cautelar de 300 metros de resguardo para las aplicaciones terrestres con agrotóxicos en Pehuajó, suspediendo los 150 metros previstos en la ordenanza local de agrotóxicos. Igualmente las víctimas ambientales reclaman a la Cámara los 1000 metros de protección que recomiendan las investigaciones científicas. La resolución es un primer paso importante hacia ese objetivo.
La fumigación de agrotóxicos con drones llega a la justicia.
Una familia de Lobos en la Provincia de Buenos Aires, fue victima de una fumigación de agrotóxicos con drones y denuncia su ilegalidad ante la justicia.
Avanza un peligroso proyecto de ley sobre el uso de agrotóxicos en la Provincia de Buenos Aires de una Diputada del Agronegocio.
Se trata de un proyecto de Ley de una diputada terrateniente de Alberti que autoriza el uso de agrotóxicos a 10 metros de los centros poblados, escuelas rurales, áreas naturales protegidas, reservas naturales, cursos y espejos de agua.
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En un fallo novedoso la Cámara Federal de Rosario habilitó la integralidad de un amparo ambiental por la contaminación del agua con agrotóxicos en Pergamino (Buenos Aires) en el que son demandados todos los niveles del Estado, incluido el SENASA.
Modelo de amparo por fumigaciones con agrotóxicos y la problemática del arsénico en el agua de consumo humano.
Naturaleza de Derechos pone a disposición el modelo de acción de amparo utilizado en el reclamo de un Pueblo Fumigado (French, Buenos Aires) para que se asegure agua potable con los niveles de arsénico adecuados a los 10 ug/l y el alejamiento de las fumigaciones con agrotóxicos a más de mil metros de la planta urbana, emprendimientos agroecológicos y viviendas rurales
Se viene el 14º Encuentro de Pueblos Fumigados de la Provincia de Buenos Aires en Vedia.
Del 29 de Noviembre al 1 de Diciembre de 2024 se realizará en la ciudad bonaerense de Vedia el 14ª Encuentro de Pueblos Fumigados de la provincia de Buenos Aires.
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La Cámara Federal de La Plata revoca sentencia que denegó recurso contra el levantamiento de una cautelar que suspendía las fumigaciones con agrotóxicos a 300 metros de la población en Pehuajó.
El Tribunal al conceder con efecto suspensivo el recurso reestableció la cautelar de 300 metros de resguardo para las aplicaciones terrestres con agrotóxicos, suspendiendo los 150 metros previstos en la ordenanza local. Texto de la sentencia.
Naturaleza de Derechos desde hace meses viene investigando mundo adentro, a las empresas aplicadoras de agrotóxicos para ampliar y reforzar la persuación contra su uso en la agricultura extensiva. Galería de Imágenes.
Mensaje de Vandana Shiva a propósito de la 16ª Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica.
Se avanza en el Juicio al Genocidio "Conquista del Desierto". Texto de la resolución judicial.
El Juez Federal Rafecas considera que el Juicio por la Verdad instado por la Lamngen Ivana Huenelaf contra la politica de exterminio que implicó la campaña "Conquista del Desierto" debe tramitar ante la Justicia Federal de Neuquén.