La Justicia Federal rechaza el levantamiento de la suspensión de las exploraciones sísmicas.

El juez federal de Mar del Plata Dr. Martín no hizo lugar al levantamiento de la cautelar que suspende las exploraciones sísmicas, solicitada por el Estado Nacional y la corporación Equinor.

Información 18/10/2022 Naturaleza de Derechos Naturaleza de Derechos

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La Justicia Federal de Mar del Plata decidió en el día de hoy mantener la suspensión de las exploraciones sísmicas que forman parte del proyecto petrolero offshore en las aguas jurisdiccionales argentinas al frente de la costa bonaerense.

El fallo centró su decisión en le misma línea de los planteos desarrollados en la demanda interpuesta en defensa de las ballenas francas australes (amparo Organización Ambientalistas Autoconvocados) - el 7 de Enero de 2022 - que contó con el patrocinio de Naturaleza de Derechos -

No obstante, si bien en la sentencia se consideran los planteos que hemos formulado en dicho amparo, principalmente en cuanto a que la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) complementaria presentada por el Estado Nacional no cumple con los extremos de la Evaluación Estratégica Ambiental que ordenó la Cámara Federal de Mar del Plata y que la intervención de la Administración de Parques Nacionales ha sido meramente ritualista, no se comparte el criterio del magistrado actuante de tener como debidamente cumplida la etapa de la participación ciudadana, dado que la misma ya presentaba serios defectos formales al momento de autorizarse las exploraciones sísmicas en el mes de Diciembre de 2021, a lo que se ha sumando su omisión en la instancia de reexaminación que implica la nueva DIA complementaria ordenada por la Cámara Federal marplantense en su decisión del 3 de Junio de 2022.  Ante la DIA complementaria se debió realizar una nueva instancia de participacion ciudadana en base a la nueva información aportada, que confirma la absoluta inviabilidad ambiental y climática del proyecto.

Por ello, siendo que la participación social en el nuevo marco jurídico. con los estándares superadores que establece el Acuerdo Regional de Escazú, adquiere una relevancia significativa en la búsqueda de una Democracia y Justicia Ambiental material y efectiva, la sentencia en este aspecto comete un yerro considerable que no se puede aceptar ni consentir, dado que en la DIA complementaria presentada por el Estado Nacional, dichos nuevos estándares no se han respetado, más allá que la sentencia sea favorable en los otros aspectos y mantenga la suspensión de los bombardeos sonoros en el Atlántico.

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