La Resolución del Veneno nuevamente vigente en la Provincia de Buenos Aires

La Resolución del Veneno de la Provincia de Buenos Aires que valida las fumigaciones terrestres con agrotóxicos a distancia cero metro, volvió a estar vigente.

Información 03/02/2023 Naturaleza de Derechos

La Resolución del Veneno de la Provincia de Buenos Aires, fue dictada por el Gobierno de Maria Eugenia Vidal en el año 2018 a instancia de quien fuera su Ministro de Asuntos Agrarios, Leonardo Sarquis, el ex-Ceo de la empresa Monsanto, por la que se validó las fumigaciones terrestres con agrotóxicos (herbicidas, funguicidas e insecticidas) a distancia CERO METRO de las viviendas, escuelas rurales, ríos, lagunas y tomas de agua, y hasta áreas de esparcimiento y protegidas en todo el territorio bonaerense.

En base a dicha resolución a partir del 1 de enero de 2019 los lotes contiguos al área urbana, zona residencial extraurbana, área de población dispersa, márgenes de cursos o cuerpos de agua, zonas de bombeo, establecimientos educativos, áreas de esparcimiento y reservas naturales quedaron comprendidos como zona de amortiguamiento, la cual es considerada una área liberada al agronegocio en la que se pueden usar agrotóxicos de modo terrestre.

La Resolución del Veneno tiene como propósito, por un lado, generar un conflicto con las ordenanzas municipales de los Municipios que regularon las fumigaciones terrestres con agrotóxicos en las adyacencias de las plantas urbanas y escuelas rurales estableciendo zonas de protección absoluta (desde 50 a 1000 metros) (2), y por el otro, establecer desde la Gobernación un criterio supuestamente técnico rector que baje al resto de los municipios tanto como pauta normativa aplicable para los que no cuentan con una ordenanza en la materia o bien como referencia para aquellos distritos en que se avance en el tratamiento legislativo de una norma municipal.

A raíz de las exhortaciones populares que surgieron en cada rincón del territorio bonaerense en el que asambleas y organizaciones vienen denunciando los impactos del modelo agroindustria, la resolución del Veneno fue suspendida por un año, en el mes de Febrero de 2019, (3) por las mismas autoridades provinciales que la dictaron. 

Ya en funciones las nuevas autoridades provinciales electas en Octubre de 2019, lejos de atender a los reclamos de los espacios colectivos de los pueblos fumigados bonaerenses, siguiendo la línea del gobierno anterior, prorrogaron la suspensión de la resolución 246 por un año más – hasta el mes Febrero 2021 – (4) bajo el fundamento de conformar una Mesa de Trabajo de organismos públicos provinciales en el ámbito de este Ministerio de Desarrollo Agrario, convocando al Ministerio de Salud, al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) y a la Autoridad del Agua (ADA) y constituir el Observatorio Técnico de Agroquímicos (OTA) (5) conformado por 20 Universidades Nacionales y 5 centros de investigaciones con asiento en la Provincia de Buenos Aires para elaborar informes sectoriales sobre impactos en la salud, ambiente y aspectos agronómicos y sociales de los agrotóxicos. 

Vencida esa prórroga, por Resolución 28/2021 se volvió a extender la suspensión aunque por un plazo de tres meses que venció el 17 de Mayo 2021 (6). Entre el 18 de Mayo 2021 y el 14 de Febrero de 2022, la Resolución del Veneno recuperó su vigencia. Ante las presentaciones en los distintos procesos judiciales en curso sobre fumigaciones con agrotóxicos tramitan en la justicia denunciando el nuevo estado normativo, el 15 de Febrero de 2022 por Resolución 31/2022 (7) la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires volvió a suspenderla por un plazo de 6 meses bajo el argumento de que aun restaba, en el marco del OTA, culminar con las mesas de trabajo regionales, locales e instancias representativas de las zonas productivas agropecuarias de la Provincia de Buenos Aires. 

Concluido el último plazo, por Resolución 319/2022 ( 8 ) se volvió a prorrogar la suspensión por 45 días reiterando la necesidad de finalizar los encuentros y/o mesas de trabajo contribuyentes a terminar de evaluar criterios de complementación normativa que acompañen las iniciativas que integran la propuesta de adecuación normativa gestada en base al proceso de trabajo desplegado por intermedio del Observatorio Técnico de Agroquímicos (OTA). Es decir, pura retórica burocrática, porque el 25 de Octubre de 2022 (9) por sexta vez se prorrogó la suspensión por un plazo de 90 días que venció el pasado 25 de Enero de 2023, sin ninguna novedad en el Boletin Oficial hasta el dia de la fecha. Con lo cual, la Resolución del Veneno volvió a estar vigente. Una nueva prórroga sería un despropósito intolerable. 

Resulta imperioso que la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires disponga de inmediato la derogación de la Resolución del Veneno 246/2018. El propio OTA que funcionó en el marco de la Resolución del Veneno ya ha realizado todos los informes sectoriales; y el que refiere a la salud (10) - el más importante - ha arribado a conclusiones que, en lineas generales, son elocuentes y dan cuenta de los peligros y los riesgos de daño grave e irreparable que representa para la salud de la población la exposición a las fumigaciones con agrotóxicos. 

Con la mera invocación de los principios precautorios y preventivos, las conclusiones del informe del OTA sobre salud, son suficientes para que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, no solamente derogue sin más trámite y demoras, la Resolución del Veneno, sino también para que aplique los criterios de protección fijados por los tribunales judiciales provinciales, siendo precisamente el distrito bonaerense el que cuenta con una jurisprudencia consolidada en la materia desde el año 2008, incluse con fallos señeros de la Suprema Corte de Justicia. (11) (12). 

En ese aspecto el Poder Ejecutivo provincial, no puede desconocer además de los fallos judiciales de la Suprema Cortes, los dictados por los distintos tribunales provinciales y federales con asiento en la Provincia de Buenos Aires (13), que en respuesta a los reclamos de vecinos, vecinas, organizaciones y asambleas de Pueblos Fumigados, han establecido como medida paliativa urgente una protección a las fumigaciones terrestres con agrotóxicos que no puede ser inferior a los 1000 metros (14), basándose en la información científica disponible que precisamente gran parte de la misma es citada en el imforme del OTA sobre "Salud y Agroquimicos", tal como se lo designa.

- El informe "Salud y Agroquímicos" del OTA dice expresamente:

☑️ “Las clasificaciones se basan en ensayos sobre exposición aguda que no consideran los potenciales efectos producto de la exposición crónica a dosis por debajo de las DL50, así como tampoco potenciales efectos sinérgicos por la mezcla de dos o más plaguicidas o de plaguicidas y otras sustancias como coadyuvantes y surfactantes, algo común en las soluciones aplicadas en los cultivos”

☑️ “En relación a la exposición dietaria, es relevante señalar que en Argentina el Código Alimentario establece una lista de 26 contaminantes orgánicos para los cuales considera una concentración máxima aceptable en el agua de bebida y uso doméstico. Pero en la misma no se encuentra el glifosato ni la mayoría de los plaguicidas más utilizados en nuestro país. Se admiten como umbrales para las concentraciones de salida de los sistemas agrícolas los límites establecidos por la legislación para el agua de consumo humano”

☑️ “Otra forma en la que poblaciones distantes a zonas agrícolas pueden estar expuestas a plaguicidas es por la inhalación de material particulado contaminado. Según lo relevado en el informe de la Caterogría I: “Uso y Aplicación de agroquímicos”, Aparicio et al. (2018) manifiesta que los contenidos de glifosato y AMPA son más altos en partículas de sedimento de tamaño menor a 10 μm, y que su contenido disminuye al aumentar el tamaño de las partículas. Estas partículas, dado su tamaño, son respirables, por lo que se constituye otra fuente potencial de exposición para poblaciones alejadas de cultivos.”

☑️ “Se destaca la relevancia de analizar el impacto genotóxico especialmente sobre niños, dado que algunos estudios muestran que es posible que sean más susceptibles a los daños genéticos provocados por la exposición a plaguicidas y, a su vez, que dichos daños tengan un efecto grande en la salud durante la adolescencia y adultez. Es decir, cuanto más temprana la exposición y los efectos genotóxicos, más alto el riesgo de desarrollar enfermedades crónicas, incluido distintos tipos de cáncer (Aiassa, 2018). En ese sentido, Bonassi et al. (2007a, 2007b, 2011a y 2011b) muestran que altas tasas de aberraciones cromosómicas y micronúcleos en niños se asocian a un alto riesgo de cáncer.”

☑️ “Los resultados indican que el glifosato, cipermetrina y clorpirifós son los plaguicidas más usados. Respecto del impacto en la salud, el 40% de los niños expuestos tenían síntomas crónicos: respiratorios (los más frecuentes), picazón y quemaduras en la piel, y lagrimeo de ojos; mientras que en el caso de los niños no expuestos ninguno mostró este tipo de síntomas. Se registró que la duración de estos es entre 6 meses a todo el año. Respecto del conteo de micronúcleos en las 1000 células de cada muestra, en primer lugar se observa que si se toma todo el grupo de niños expuestos en Marcos Juárez, el número de micronúcleos es significativamente mayor que el grupo control, lo que indica un mayor daño genético en la población de niños expuestos a plaguicidas. Además, no se observan diferencias comparando aquellos niños expuestos con residencia a menos de 500 m con aquellos niños expuestos con residencia entre 500 y 1500 m de zonas de aplicación."

☑️ “La tasa de malformaciones congénitas (3% o 4,3% si se tienen en cuenta los niños fallecidos por estas malformaciones) en Monte Maíz, una localidad rural con predominancia de actividad agrícola, es mayor a la tasa de 1,4% calculada por el RENAC en 2014 para la Argentina (Ávila-Vázquez et al., 2017).” 

☑️ “En grupos de embarazadas expuestas, se evidenciaron complicaciones durante el embarazo, como rotura prematura de membranas, nacimientos prematuros y retrasos del crecimiento intrauterino (Santa Cruz et al., 2020).” 

☑️ “La tasa de abortos espontáneos en la localidad rural de Monte Maíz es mucho más alta que la tasa promedio nacional calculada en 2005 por el Ministerio de Salud de la Nación y más alta que la calculada en Córdoba por un estudio sociosanitario realizado por el mismo grupo en 2016 tomando los últimos 5 años (Ávila-Vázquez et al., 2018). “

☑️ “Los trabajos de Ávila-Vázquez et al. (2017 y 2018) sobre incidencia de cáncer y tasa de abortos espontáneos y malformaciones congénitas resaltan la necesidad de llevar adelante biomonitoreos para conocer y vigilar el estado de salud de poblaciones vulnerables.” 

☑️ “El 40% de los niños expuestos a plaguicidas mostraban síntomas de afección a la salud crónicos: respiratorios (los más frecuentes), picazón y quemaduras en la piel, y lagrimeo de ojos; mientras que en el caso de los niños no expuestos ninguno mostró este tipo de síntomas (Bernardi et al., 2015). “

Como se observan las conclusiones del informe son CONTUNDENTES y obligan a un urgente OBRAR PRECAUTORIO, según el cual exige actuar. Y ACTUAR EN EL CASO ES DEROGAR LA RESOLUCIÓN DEL VENENO.

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Notas:

(1) Resolución del Veneno 246/2018

(2) Dubois, D. (2018). Ordenanzas superadoras sobre el uso de agrotóxicos en pos de cuidar la Salud y el Ambiente. En VIII Conferencia Latinoamericana y Caribeña de Ciencias Sociales. CLACSO.

(3) Resolución 24/2019 

(4) Resolución 8/2020

(5) OTA - Observatorio Técnico de Agroquímicos

(6) Resolución 28/2021

(7) Resolución 31/2022

(8) Resolución 319/2022

(9) Resolución 454/2022

(10) Informe Agroquímicos & Salud. OTA

(11) Fallo DJEF sobre la localidad de Alberti-Bs.As. (Agosto 2012). SCBA. 

(12) Fallo PICORELLI sobre el Partido de General Pueyrredón-Bs.As (Setiembre 2014) SCBA.

(13) Un Freno al Veneno. Recopilación de fallos judiciales contra las fumigaciones con agrotóxicos en la Provincia de Buenos Aires. Naturaleza de Derechos. 19 de Noviembre 2020
https://drive.google.com/file/d/1umK9l_R6JGJw-_HJsEeweA-9_-old2Ch/view

(14) Corresponde apuntar que en la causa judicial emblemática de Sabrina Ortiz en Pergamino (Bs. As), se acreditó de modo fehaciente mediante una pericia judicial realizada por el INTA Balcarce, con la fiscalización de la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires, que el agua de consumo en la localidad de Pergamino presenta residuos de agrotóxicos (que el Estado no monitorea), y que ante la medida cautelar dispuesta (no fumigación con agrotóxicos a menos de 1095 metros de la planta urbana y pozos de extracción de agua subterránea) tanto la ocurrencia de principios activos como los niveles de cuantificación de los mismos, en un plazo de 1 año se redujeron a la mitad. Es decir, se acreditó en el mismo expediente judicial la eficacia de la medida cautelar, que determinó que el Juez actuante la mantuviera ante el insistente pedido de levantamiento del Intendente pro-agronegocio Javier Martinez del Partido de Pergamino. La Medida fue confirmada por la Cámara Federal de Rosario y la Cámara Federal de Casación.

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