Un fallo ejemplar contra una corporación del agronegocio.

La Justicia de Mercedes le prohibe a la corporación Los Grobo del Rey de la Soja, Gustavo Grobocopatel, fumigar con agrotóxicos en el casco urbano de Chivilcoy (Provincia de Buenos Aires).

Información26/12/2024Naturaleza de DerechosNaturaleza de Derechos
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Gustavo Grobocopatel. Solo piensa en las ganancias sin considerar las externalidades del modelo agroindustrial ecocida.

Sobre el cierre del año judicial, la Justicia de Mercedes hizo lugar a una medida cautelar solicitada por una vecina por fumigaciones con agrotóxicos realizadas por la corporación Los Grobo sobre las vías de circulación pública y predio ubicado en la planta urbana de Chivilcoy (Buenos Aires).

La corporación Los Grobo pertenece a la familia del Rey de la Soja, Gustavo Grobocopatel, en la que oficia de Responsable de Relaciones con el Mercado.

En un acto de irresponsabilidad, los directivos de la empresa envíaron a los empleados a fumigar con agrotóxicos (de modo manual) sin ningún tipo de protección y en pleno centro urbano de Chivilcoy donde está ubicado uno de los establecimientos de Los Grobo en dicha localidad bonaerense. El hecho sucedió el 17 de Diciembre de 2024 al mediodía sobre una de las avenidas principales de Chivilcoy.

En el caso concreto de Chivilcoy, surge que el uso de agrotóxicos de modo terrestre o manual no está regulado por ordenanza municipal. Hay total ausencia normativa. A nivel provincial el Decreto Reglamentario 499/91 reglamenta las fumigaciones aéreas de agrotóxicos estableciendo que en el centro poblado y en un radio del mismo de 2 kms no se pueden realizar.

No obstante ese vacío normativo local, debe considerarse que aun cuando la aplicación no sea terrestre y a gran escala (tal como si fuera en una parcela rural de grandes extensiones), representa un riesgo de daño de contaminación ambiental, dado de que todo lo que se fumiga puede terminar filtrándose hacia las aguas subterráneas que son la fuente de agua de consumo de la población, con el agravante que en parte del área urbana y en gran proporción en el área complementaria de la localidad de Chivilcoy, la población consume agua de pozo particular al carecer del servicio de agua de red.

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Imwwweeage8Un vecino (con la gorra azul) testigo de la situación intercede para que el empleado de la Coporación Los Grobo (sin equipo de protección: de pantalón y remera gris con un simple barbijo) deje de fumigar con agrotóxicos en la vía pública. La oficial de la Polícia se puso del lado de la empresa. Una constante en cada pueblo fumigado. Esta vez la justicia puso las cosas en su lugar. 

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La situación ílicita motivó que la vecina de Chivilcoy Jacqueline Ramos, con el patrocinio jurídico de Naturaleza de Derechos, interpusiera una acción de amparo ambiental con el requerimiento de una medida cautelar que ordenara de inmediato a la corporación Los Grobo abstenerse de volver a fumigar en su predio y en la vía pública. Lo cual fue receptado favorablemente por la justicia de Mercedes.

Se trata de una medida cautelar ejemplar tomada con celeridad ante quienes se creen los Dueños y Amos de los pueblos del interior ante la desidia y complicidad de las autoridades locales.

El magistrado Dr. Laserna con varios años a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo de Mercedes sostuvo "la naturaleza de la cuestión que aquí nos involucra requiere una participación activa del juez, que debe traducirse en un obrar preventivo acorde con la naturaleza de los derechos afectados y a la medida de sus requerimientos. A su vez, la aplicación del principio precautorio, establece que cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la ausencia de información o certeza científica no debe utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente."

Y agregó "la protección del derecho constitucional aquí en juego lleva a examinar con amplitud de criterio los presupuestos requeridos para el dictado de las medidas cautelares, en tanto corresponde asegurar una protección provisional rápida y eficaz tendiente a satisfacer necesidades impostergables y evitar proyecciones dañosas debido al transcurrir del tiempo que insuma el proceso principal."

Concretamente dispuso "Resuelvo la suspensión -con carácter precautelar- de la fumigación con cualquier clase de agrotóxicos en la empresa GRUPO LOS GROBO con domicilio en la calle Av. Mitre y El Grito Alcorta de la Ciudad de Chivilcoy, Provincia de Buenos hasta tanto el demandado remita toda la documentación relacionada con la aplicación de agrotóxicos efectuadas el día 17 de Diciembre de 2024 -en formato electrónico-, especialmente deberá acompañar a estos autos: el permiso o licencia municipal y/o provincial para el uso y aplicación de agrotóxicos en areas urbanas; las copias de las recetas agronómicas utilizadas en la aplicación; las actas de trabajo que detallen las actividades de fumigación realizadas, incluyendo fechas, horarios, tipos de productos utilizados y volúmenes aplicados; los protocolos de seguridad y manejo de agrotóxicos que la empresa sigue durante sus operaciones; informes o estudios de impacto ambiental realizados por la empresa antes y después de la aplicación de agrotóxicos en la zona."

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