Crónica de una sentencia emblemática de los Pueblos Fumigados de Santa Fe.

El pueblo santafesino de Sastre logró un fallo judicial relevante para la lucha de los pueblos fumigados de la Argentina que establece la inconstitucionalidad de una ordenanza que disponga una distancia inferior a los 1000 metros para las fumigaciones terrestres con agrotóxicos respecto de los centros poblados.

Información13/12/2023Fernando CabaleiroFernando Cabaleiro
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La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, el 10 de Octubre de 2023, con la unanimidad de sus integrantes rechazó la queja del Municipio de Sastre y Ortiz contra la sentencia que dispuso alejar las fumigaciones con agrotóxicos (1000 metros) del área urbana en dicha localidad. Se trata de una decisión judicial transcendental.

La sentencia se relaciona con la lucha de la Asamblea Unión Cuidadana por el Ambiente y la Salud de Sastre y Ortiz, fruto de la auto-organización social territorial que ante la desidia estatal de no atender el grave problema ambiental que implican los agrotóxicos en todo pueblo fumigado, un grupo de vecinos y vecinas se autoconvocó en el año 2017 e inició un proceso de incidencia socioambiental territorial local con charlas, encuentros y asambleas que terminó con la decisión de recurrir a la herramienta jurídica de accionar ante la justicia y asi obtener una sentencia que atendiera al reclamo sociambiental.

Ese proceso de incidencia política-comunitaria tuvo, a priori, como principal motivación, modificar la ordenanza de Sastre que establecía la nimia distancia de protección de 100 metros para las aplicaciones terrestres con agrotóxicos, respecto al casco urbano, que ni siquieran se cumplían . Por supuesto, no hubo respuestas del poder político, lo cual fue un envión para recurrir a la justicia pero que encontró su encause definitivo en la necesidad de la Asamblea de acompañar la situación particular de una familia que reclamaba urgente una respuesta para su delicada situación particular.

Se trataba de la Familia Gonzalez-Giraudo, un matrimonio (Sonia y Pablo) con su hija Zoe que al año de vida, ya había transcurrido por un proceso oncológico (linfoma linfoblástico Tipo T), que superó favorablemente. Igual su cuerpo necesitaba protección. El matrimonio se encontraba en una encrucijada, después de muchos años de trabajo había logrado construir su propia casa en las afueras de Sastre, ahí cerca donde hay predios rurales en los que se fumiga con agrotóxicos. Zoe venía de recuperarse de una situación extrema complicada de salud.

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Un mosquisto fumigando en un predio lindante al casco urbano de Sastre.

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"En ese momento nos preguntamos con mi marido ¿que vamos hacer ? entonces la llamé a la intendenta y le hice el planteo de la situacion, mira Mari necesitamos que dejen de fumigar, en vez de ponerse en mi lugar como madre con una hija enferma, siendo ella mujer, miró para otro lado como lo hizo el Concejo Deliberante. Es más, me dijo no hagas tanto lio, acordate que vos trabajas en AFA"  relata Sonia. Con lo de AFA la intendenta de Sastre se referia a Agricultores Federados Argentinos, empresa del agronegocio en la que Sonia trabajaba hacía 11 años. Fue una suerte de preaviso en manos de la propia intendenta. Al mes le llegó el telegrama de despido directo de la empresa del agronegocio.

Ya en una situación limite, y muy preocupados, Sonia y Pablo expusieron la situación ante los médicos. Los mismos fueron taxativos: la niña no debía ni podía estar expuesta ambientalmente a los agrotóxicos. "Consulté con el oncologó y el infectológo y me dijeron que ella tenía que estar por lo menos de 1000 a 1200 metros de las fumigaciones."   Es que el Linfoma Linfoblástico Tipo T es similar al Linfoma no Hodgkin, ambos se tratan de neoplasias linfoides, cuyo vinculo con la exposición ambiental al Glifosato está acreditado con abundante información científica disponible. La Antología Toxicológica del Glifosato de Eduardo Martin Rossi de Naturaleza de Derechos tiene todo un capitulo sobre esa evidencia.

Habìa que hacer algo, la familia encontró el cobijo colectivo de la asamblea. Sonia lo tiene presente "fue muy importante el apoyo de la gente, sin la asamblea no hubiéramos podido solos enfrentar a tanto poder ".

Un pueblo fumigado y sus riesgos de habitarlo.

La localidad Sastre y Ortiz se ubica en el centro de la Provincia de Santa Fé. Tiene una población de 7 mil habitantes, de acuerdo al último censo oficial . En el Departamento de San Martín al que pertenece Sastre, los datos del área de la Agricultura Nacional indican que la agroindustria domina ampliamente la actividad rural en la región, (tal como sucede en gran parte de la Provincia de Santa Fe): en casi 480 mil hectáreas de San Martín, el 57 % se las lleva la Soja Transgénica.

La agricultura santafesina comprende 6.2 millones de hectáreas. 46 % pertenecen a la Soja transgénica. Si sumamos el Maíz (casi todo transgénico) la cifra de Organismos Genéticamente Modificados en Santa Fe  sobre el total de la agricultura santafesina se eleva al 63 %, ello sin contar el Trigo (que progresiva e inevitablemente pasará a ser todo Transgénico), en ese caso el porcental de OGM alcanzaría el 84 %.  El uso aproximado de agrotóxicos en Santa Fe ronda los 90 millones de litros anuales. Si se divide esa cifra por la cantidad de habitantes de la provincia, nos da 25 litros de agrotóxicos per capita, una relación que es la segunda más alta de país (detrás de Córdoba: 38 per capita)

En el año 2017 se llevó adelante en Sastre el Campamento Sanitario de la Cátedra de Salud Socioambiental de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Naciones de Rosario. El informe final del relevamiento da cuenta que los casos de cáncer superan 1/3 la media nacional (384/100.000 para Sastre – 280/100.000 Argentina). Como dato significativo del relevamiento, el hipotiroidismo apareció entre las enfermedades crónicas con mayor prevalencia en Sastre, lo que constituye, según el informe, un hallazgo respecto de otros campamentos realizados por la misma Cátedra en pueblos atravesados por la misma problemática ambiental generada por el agronegocio.

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El inicio del caso judicial.

Horacio Brignone, es de Maria Juana, por identidad se sumó a la lucha colectiva de Sastre (pueblo vecino) para acompañar  un reclamo que también le es propio en razón de ser víctima que vive en un pueblo fumigado. Su propio cuerpo es testimonial de las implicancias del agronegocio al resistir un proceso oncológico. Al tomar conocimiento de la situación de la familia Gonzalez, propuso, a través de la Asamblea, una reunión con la Procuración de Santa Fe.  Horacio y su compañera en el año 2016 habían recibido amenazas por alzar la voz contra el agronegocio en su pueblo. En esa oportunidad fueron asistidos por la Procuración y el contacto que le quedó en su agenda. Fue la llave para llevar el caso de la Familia Gonzalez-Giraudo a la justicia, con el patrocinio de la Procuración.

Brignone cuenta él mismo como fue ese acercamiento a la Procuración "tomé contacto indirecto cuando mi familia recibió amenazas anónimas por mi participación en temática similar en mi pueblo (Maria Juana)  en ese entonces puso a nuestra disposición la asistencia legal que fuera necesaria. Al mismo tiempo en distintas entrevistas ya le había escuchado expresar su voluntad de intervenir en este tipo de acciones a través de defensorías y fiscalías no penales bajo su órbita.  Hace años que, por cercanías geográficas y personales, también tengo relaciones con los vecinos de Sastre, como todos por aquí, con la misma problemática. Cuando el reclamo de Sastre llegó a un punto muerto, ante la cerrada postura de municipio y provincia, propuse solicitar una audiencia formal ante la Procuración para que la familia con la niña con cáncer expusiera la urgencia de su caso y la necesidad de asistencia legal. Lo demás es historia conocida."

Se trataba de intentar una vía inédita, que si bien está disponible para las victimas ambientales, no siempre encuentra su debida respuesta por parte del Ministerio Público en gran parte del pais. En el caso de Sastre la respuesta fue positiva. Lo cual es destacable. La Procuración al escuchar el relato de la Sonia y Pablo, no dudó de llevar el caso a la justicia y asumir la representación procesal. El amparo para frenar las fumigaciones lo encabezó la familia Gonzalez-Giraudo, secundada por más de 40 vecinos y vecinas de Sastre.

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Sonia, Pablo y Zoe junto a la Dra Clarisa Neumann de la Procuración de Santa Fe que patrocinó a la familia y asamblea de Sastre.

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Historias subyacentes de un reclamo judicial ambiental. Ser doblemente victima.

Al levantar el velo en todo caso judicial en materia ambiental subyace una lucha de personas (victimas) que muchas veces no se conoce en detalles por la velocidad en la que corre la información, más aún con las redes sociales, que hoy en día lucen como el principal canal por donde la gente toma contacto con las noticias, aunque no necesariamente con la información, ya que el feed-back entre quien recibe la noticia con la información que contiene la misma queda encarcelado en ese efímero vinculo posteo-like como parte de un scroll vertiginoso y voraz. 

Pero detrás de esa noticia (de indole socioambiental como la de Sastre) que circula compactada en un instamposteo-telegráfico que reduce la información a su mínima expresión, hay historias de vidas de personas que como consecuencia de esa vorágine informativa reduccionista quedan muchas veces invisibilizadas. Personas que  antes las urgencias que provocan los impactos ambientales, ya sea del agrenegocio o extractivismos en general, debieron salirse de sus rutinas, por convicción o compromiso e inclusive forzadas, por tratarse de molestias insostenibles, disgustos que crean stress, y hasta daños, que terminan alterando sus vidas y las de las niñeces. A eso se suman los efectos colaterales de las incomodidades sociales diarias propias de un pueblo en el que todos y todas se conocen. Pues no es fácil alzar la voz en un pueblo chico y fumigado. Y asi fue en Sastre.

Efectivamente, varios integrantes de la Asamblea que participaban activamente del reclamo contra los impactos de los agrotóxicos fueron victimas de persecuciones arteras y solapadas. Así, a quienes formaban parte de la planta de empleados del Municipio (mediante contratación) desde hacía varios años,no se les renovó el contrato o bien hubo despido directo. Primero, fue un operario, después una psicológa, y por último una empleada de maestranza.

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Nancy es psicóloga trabajó en la municipalidad de Sastre durante 22 años. Se inició profesionalmente en el Servicio de Promoción Integral de la Salud, en el año 2010 comenzó a coordinar el Área de la Mujer ( creada a partir de un proyecto que presentó ella misma al ejecutivo)  y desde el año  2014 integró el Equipo Local de Niñez, Adolescencia y Familia. No hay dudas de la persecución a ella. "el Amparo lo presentamos el 29/11/2018 y el 04 de diciembre de ese año, cuando voy a las oficinas municipales donde yo trabajaba por la tarde , al querer abrir la puerta con mi llave no puedo hacerlo. Insistí varias veces hasta que me di cuenta que habían cambiado la cerradura. No podía creer lo que me estaba pasando, quedé en estado de shock. Al otro día fui a hablar con la intendenta, pero no me recibió ( y nunca lo hizo). En su lugar el secretario de gobierno me informó que ya no necesitaban más de mis servicios. Nunca me notificaron por escrito ni me indemnizaron. Por tal motivo estoy en juicio con la Municipalidad desde el 2018." relata Nancy.

Y agrega "este “despido” tan violento afectó mi salud mental, física, mi identidad profesional y la economía de mi familia". Aun lo sucedido, Nancy no bajó los brazos. "Sigo participando activamente del grupo Unión Ciudadana por la Vida y el Ambiente porque estoy convencida que la Salud no se negocia, que la lucha es colectiva y la organización ciudadana es la forma de reclamar por los Derechos vulnerados; pero la pasé muy mal".

María Ester era empleada de maestranza contratada por el Municipio. No fue  indiferente a una realidad sanitaria que atraviesa a su territorio. Y la describe con detalles. "Estamos todos contaminados, el mapeo de cáncer que hicimos con la asamblea fue un empuje, el mapa parecía una persona con sarampión, todo con puntitos rojos por todos lados que marcaban un problema de salud.  Hace más de 20 años que estamos sufriendo todo esto, y últimamente es gente mucho más joven, que se enferma de la nada, que no tiene antecedentes hereditarios. Cómo puede ser que yo no tengo a nadie, entonces cuando voy al médico especialista me pregunta ¿dónde vive ud señora?, entonces le digo Sastre y  me responde "y es una zona agropecuaria, lamentablemente señora estamos todos envenenados y ustedes más que todos" . Acá hay mucho cáncer de colón, de intestino, de mama, hace poco operaron a una chica, que le sacaron, hace un par de meses a otra mujer joven como ella, que no tenía antecedentes, es muy triste.  También mucha celiaquía. Ahora tenemos ese fallo favor, pero vamos a tener que organizarnos con cuadrillas para hacer que se cumpla".

Maria Ester también fue victima de la persecución. De movida nos dice "Acá estamos señalados, no somos pocos y nos conocemos mucho" . Y agrega "Ellos vieron mi firma en el pedido que hicimos para frenar las fumigaciones. seguramente influyó para que me echaran del Municipio, tuve que pasar eso. Un dia fuí y me cambiaron la cerradura. Nunca me dijeron que fuera por eso, pero todo se dio al mismo tiempo."  

Pero el amedrentamiento fue más allá del área bajo control del municipio.  A Luis Blanco, periodista de La Capital de Rosario, vecino e integrante de la Asamblea, la Intendente de Sastre envió una carta a la Dirección del diario intentando descalificarlo con calumnias (le imputaba falsamente delitos) y exponerlo a un conflicto con su empleadora, como si su condición de periodista, fuera un óbice para militar una causa  ambiental en nombre propio, en razón de su carácter de victima. Luis resistió el embate de la intendenta.

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Daniela, docente que pertenecía al sistema provincial educativo santafesino, también firmó el amparo. Al poco tiempo de interpuesta la acción judicial, llamativamente se le inició un sumario administrativo con imputaciones absurdas que le impedían injustamente acceder a un cargo superior en el final de su carrera docente. Fue una persecución que aún causa dolor en Daniela, con 30 años de una trayectoria docente intacta. 

Ella lo dice expresamente  "El sumario truncó mi carrera de más de 30 años, siendo directora titular, habiendo rendido el examen con la nota más alta de la regional VIII. Mi expediente nunca se movió. En pandemia inicie el tramite jubilatorio y en 2022 me jubilé, ahi nomás lo cerraron. Los motivos del sumario eran muy burdos intentaron ir contra mi gestión y mi manejos económicos. No encontraron nada por supuesto.". Ella no tiene dudas del objetivo "Lo mío fue un daño colateral, con el objeto de  disciplinar inquietudes". A pesar del dolor, ella se mantuvo firme en el amparo. 

Walter es empleado en una agencia publicitaria de Sastre. El también como vecino fumigado se sumó a la lucha y firmó el amparo. Y eso lo puso en el foco de los productores agroindustriales locales. "Un día se cayeron en el laburo con el diario La Capital de Rosario en la mano y todo marcado con amarillo mis declaraciones en la nota, no acusaba a nadie en particular solo decía que no se podía fumigar cerca del pueblo porque los agrotóxicos enferman, y estoy convencido de eso. Le dijeron a mi empleador que no iban a contratar mas a la agencia si yo seguía laburando ahi. Por suerte mi empleador me bancó en la situación. Pero fue bravo pasar la situación, por lo injusto y toda la incertidumbre que me generaba." dice Walter.

Ainalén Viñuela, es playera de la Estación de Servicio, comprometida con la causa para frenar las fumigaciones en Sastre. Ella es integrante fundacional de la Asamblea y tuvo una activa participación en todo el proceso de incidencia, previo al reclamo judicial (que también acompañó suscribiéndolo). Ainalén fue una de las primeras denunciantes de las fumigaciones cerca de las viviendas que se realizaban como si nada en Sastre. "Al vivir en un barrio lindero a esos campos es como que estaba muy alerta a todo, montaba guardias en mi propia casa y en la época fuerte de fumigaciones llegué a ponerme el despertador cada hora durante toda la noche por las dudas. Una vez fui en bici hasta al campo donde fumigaban para fotografiar y llamar a la policia a la espera que llegaran.... En ocasiones los mismos gringos me veian y entonces buscaban de hacerse los matones intimidando con sus 4 x 4 a toda velocidad, pasándote cerca al punto de hacerte caer, o para que me asustara"

Recuerda que se puso en contacto con Luis Blanco, periodista, vecino de Sastre. "El me dice que para exigir una respuesta hiciera una nota dirigida al concejo y que juntara firmas y pida que me reciban. Esa misma tarde la redactan y en menos de una hora me recorrí todo el pueblo en bicicleta juntando firmas. Fue increíble la cantidad de gente que firmó.". 

Pero Ainalén también padeció persecución y hostigamiento. Los productores  agroindustriales fueron a hablar con su empleador para decirle que no iban a ir a cargar más combustible en la Estación de Servicio si ella los atendía. Tampoco querían que les tocara sus camionetas 4x4. Llegaron a plantearlo en términos de ponerle precio a Ainalén  "¿cuanto sale su despido?, pagamos doble". Una afrenta cobarde repudiable. Ainalén lo tiene bien presente y con precisión "Hubo un grupo de dueños de campos, que se creen dueños del pueblo que pedian a los dueños de la estación de servicio donde todavia trabajo hasta el día de hoy que me despidieran, amenazando que si no iban a comprar el combustible a otro lado.Cosas asi... hubo un tiempo en el que no podía estar en la playa porque  no querian que les tocara las camionetas o limpiar los vidrios o atendiera, hasta llegaron a insultarme yo estando trabajando. Le ofrecieron pagar mi indemnización a los propios dueños para que me despidieran". Y agrega concluyendo "Si hay algo que debo agradecer, es que los dueños siempre supieron separar lo que yo hacia de mi vida privada fuera de mi horario de trabajo y nunca me insinuaron o tuve la sensación de que era la militancia o conservar el trabajo... ni de ellos ni de mis compañeros de trabajo. Eso siempre lo valoré mucho".

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Medardo Avila, el médico de Pueblos Fumigados formó parte del ciclo de charlas que organizó la Asamblea de Sastre.

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El paso a paso judicial.

Apenas presentadala acción de amparo - a fin del año 2018 -  contra el Municipio, se obtuvo una medida cautelar por la justicia con asiento en la localidad de San Jorge, que alejó las fumigaciones terrestres con agrotóxicos a 400 metros de la planta urbana de Sastre. La medida se establecía en pleno proceso de cultivo de la Soja Transgénica. 

Los productores agroindustriales, que no habían sido demandados -, alcanzados por la cautelar - con el patrocinio del abogado Iván Cullen (con muchos años de praxis tribunalicia en Santa Fe) se presentaron espontáneamente a la justicia planteando una nulidad por no ser parte del proceso y en razón de verse afectados por la medida cautelar impuesta. Las alegaciones no eran sino las de siempre: no hay otra forma de producir. Algo peor, el abogado trajo como principal prueba un informe en fotocopias simples en el cual Héctor Huergo (Ingeniero Agronómo y periodista ultra del agronegocio que dirije Clarín Rural) decía (sic) que la Agencia Ambiental de Estados Unidos asegura al referirse al glifosato, que no hay riesgo en lo concerniente a la salud humana cuando es usado de acuerdo a las indicaciones de la etiqueta, y que no es cancerígeno.

No obstante, en plena feria, una jueza subrogante, hizo lugar al planteo de los productores y decretó la nulidad del proceso, haciendo caer la cautelar dispuesta e integrándolos como terceros en el proceso judicial. Tras la nulidad, la causa fue remitida a la justicia con asiento en la localidad de Rafaela. Había que volver a empezar. El agronegocio festejaba el primer round.

Para sorpresa de todas las partes, el nuevo magistrado actuante, apenas recibió la causa, decidió reestablecer la cautelar, pero no a 400 metros, sino a 800 metros. Fue un golpe inesperado para el Municipio y los productores agroindustriales que si bien con artilugios muy finos habían logrado tirar abajo la anterior cautelar, ahora les volvía, pero doble. Igual el proceso no estuvo exento de sobresaltos, como fue el papelón de la Intendenta del Municipio, Carmen Amero, de solicitar una audiencia conciliatoria a la cual ni ella ni su representante legal asistieron. 

Luego de un debate procesal con preeminencia de prueba aportada por las victimas ambientales de Sastre, la sentencia definitiva declaró inconstitucional el artículo de la ordenanza local que prevía solo 100 metros de distancia de protección para las aplicaciones terrestres con agrotóxicos en relación al pueblo. El juez consideró que esa distancia no puede sortear con éxito el test de constitucionalidad ya que elocuentemente no cumple con la manda  de protección del medio ambiente y de la salud humana, ya que de la prueba producida en la causa, surge que la misma debe ser, por lo menos de mil metros, que es la que dejó establecida.  También se exhortó al municipio para que a través de su Órgano deliberante debata y  sancione una nueva disposición teniendo en cuenta la prueba  científica producida en la causa.

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La sentencia más tarde sería ratificada por la Sala I de la Cámara Civil y Comercial de Santa Fe que acentuaría su decisión en el informe del médico Damián Verzeñassi en el que citaba la investigación científica del grupo de investigación de GeMA – Genética y Mutagénesis Ambiental, Departamento de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Río Cuarto, dirigido por la Dra. Delia Aiassa. Dicha investigación recomienda, con rigor científico, un alejamiento de las fumigaciones con agrotóxicos, por lo menos, a una distancia de 1095 metros de las viviendas familiares para disminuir el riesgo de daño genético, principalmente en las niñeces. 

También reparó en la testimonial del Biólogo Rafael Carlos Lajmanovich, Doctor en Ciencias Naturales y profesor titular por concurso de la Cátedra de Eco-Toxicología de la Facultad de Bioquímica y Ciencias Biológicas de la Universidad Nacional del Litoral e investigador independiente del Conicet Argentina, que declaró que en base a los estudios realizados y su experiencia recomienda un zona de resguardo de 1.000 metros, porque el efecto que producen las aplicaciones de plaguicidas sobre la población humana está en directa relación con la distancia en que esas prácticas ocurren. 

Por último, la Cámara apuntó el testimonio de la Pediatra Analía Pretto, que declaró que en el desempeño de sus funciones ha tenido oportunidad de atender a un llamativo número de menores con lesiones cutáneas y problemas pulmonares, respiratorios y alérgicos; y señala que dichas patologías se presentan en forma contemporánea con las fumigaciones.

La recta final en la justicia.

La sentencia de la Cámara, sería apelada por el Municipio de Sastre y los productores agroindustriales. Ambos recursos serían rechazados. Aunque en el caso de los productores agroindustriales, el tema era más complicado, ya que el abogado que los representó interpuso el recurso diez días después de haber vencido el plazo. Siamo Fuori. En efecto, era un Gamer Over para los productores agroindustriales en el camino hacia la Corte provincial y eventualmente nacional. El Municipio de Sastre, por su lado, tuvo que recurrir a la última vía procesal que tenía disponible aún ante el máximo tribunal santefesino: la Queja.

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Los productores agroindustriales fueron con el experimentado abogado Iván Cullen. Igual quedaron afuera de la instancia ante la Corte Santafesina por un error en el cómputo del plazo para apelar.

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En un fallo preciso y sucinto la Corte Suprema de Justicia, el 10 de Octubre de 2023, no hizo lugar a la Queja del Municipio, y confirmó la sentencia de la Cámara. El pueblo de Sastre había logrado alejar las fumigaciones con agrotóxicos a mil metros de la localidad, como una medida paliativa urgente y necesaria.

A diferencia de lo que sucede con la Corte Suprema Nacional que en el tratamiento de las quejas pueden invocar el artículo 280 del Codigo Civil y Comercial de la Nación para el rechazo por inadmisible sin necesidad de expresar los motivos (lo cual en materia ambiental contraviene el Acuerdo Escazú), el código ritual Santafesina no exime a la Corte provincial de esa fundamentación. 

En los fundamentos de la sentencia la Corte sostuvo que era inadmisible el planteo del Municipio de Sastre de que no se daba en el caso un supuesto de daño cierto o inminente para que proceda el amparo (es la vía procesal más rápida con plazos muy breves) al no proporcionar certeza las pruebas producidas en el proceso.

Además, la Corte señaló que el Municipio de Sastre solo realizó un escueta referencia que resulta insuficiente para rebatir los fundamentos brindados por la Cámara con sustento en informes de expertos en la materia (dedicados al estudio de los efectos de los agroquímicos y organismos genéticamente modificados en el ambiente y salud de las personas), en un campo – dice la Corte Santafesina - en el que rigen los principios de prevención y precautorio, adquiriendo este último operatividad justamente en supuestos de incerteza científica cuando se verifica riesgo, amenaza o peligro de daño grave o irreversible y siempre que exista un mínimo de demostración de su posible concreción.

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Carmen Amero. Intendenta de Sastre y Ortiz.  Una vidente: Le pravisó a la amparista Sonia el despido si se metía con el agronegocio.

Una lucha icónica. El Camino a seguir.

El caso de Sastre es un calco de tantas luchas de Pueblos Fumigados de la Argentina que por un lado muestra la esencialidad de la auto-organización territorial local cuyos actores y actoras – que son las propias victimas – asumen el coraje de exhortar a los poderes públicos sin intermediaciones, ejerciendo en el marco de la horizontalidad y con las dinámicas propias de una asamblea, una democracia comunitaria directa en procura de una justicia ambiental. Pero también exhibe los daños colaterales no menores que se relacionan con las persecuciones que se realizan contra las personas que activan y militan una causa socioambiental. Son doblemente victimas. Tanto de la violación de su derecho a la salud, a un hábitat adecuado, a un ambiente sano, como los derechos propios en su caracter de defensores y defensoras ambientales, categoría de entidad jurídica que contempla el Acuerdo Escazú.

Sin perjuicio de esos embates y abusos, no ha sido de otro manera sino desde esa base organizacional democrática territorial,  que se han obtenido resultados urgentes en la lucha de los pueblos fumigados de la Argentina contra el agronegocio. Resultados que no se miden desde la binariedad reduccionista capitalista éxito/fracaso sino como parte de una constante del obrar convictivo por el Buen Vivir y en defensa de los derechos humanos ambientales.

Son las luchas territoriales auto-organizadas de las víctimas ambientales en los pueblos fumigados las que nos revelan y vislumbran el camino a seguir, sin dejar de prestar atención a las contingencias colaterales. El caso de Sastre esa lucha tuvo su corolario en el fallo judicial del máximo tribunal santafesino en el centro sojero argentino, ahi donde desde hace más de 25 años, hizo y hace lo que quiere. 

Bueno, desde ahora en Sastre, no.

Jurisprudencia santafesina de un activismo judicial que construye derecho ambiental.

El fallo de la Corte Santafesina en la lucha socioambiental del pueblo Sastre, consolida un antecedente que se constituye en uno de los faros judiciales para todos los pueblos fumigados de Santa Fé (y de todo el país) cuyas ordenanzas establezcan distancias inferiores a 1000 metros. Ello es asi, pues de acuerdo a la información científica disponible (como son las conclusiones contundentes del trabajo de investigación del equipo de la Dra Delia Aiassa), una distancia inferior a ese umbral protectorio, establece las condiciones de probabilidad para la concreción de un daño genético, por lo tanto serían inconstitucionales al no garantizar el derecho a la salud.

El otro faro judicial santafesino, es el antecedente de la localidad de Zenon Pereyra, el Caso Bassi, que también tuvo su peregrinar procesal ante la Corte Suprema de Santa Fe que confirmó el establecimiento de una distancia de protección de 1000 metros para las aplicaciones terrestres con agrotóxicos respecto de la población humana.  

La importancia y novedad del Caso Bassi, que lo transforma en un auténtico leading case (caso testigo) para la luchas de los pueblos fumigados de Santa Fé y también el resto del país, es que aplica por primera vez en la materia, el principio de progresividad ambiental no ya como no regresión, es decir, frenar una reducción de estándares de protección ya establecidos, sino como una progresión activa que se traduce en aumentar los estándares de protección vigentes por resultar insuficientes, atento a una nueva información disponible de carácter científico que asi lo indica.

En el Caso Bassi el magistrado de primera instancia había establecido una distancia de 500 metros para las aplicaciones terrestres con agrotóxicos respecto de la vivienda de la familia afectada (consideró el antecedente Peralta de San Jorge que en el 2011 fijó ese umbral protectorio). Pero la Cámara, considerando el dato científico más actualizado del estudio de Delia Aiassa y las probanzas en la causa sobre daño genético en la familia actora - que revelaba la insuficiencia del resguardo de 500 metros establecido por la instancia inferior-, elevó el estandar de protección a 1000 metros.

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Construir derecho. La auto-organización social en el territorio con el activismo judicial en Sastre.

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Darío Ávila, abogado querellante de la causa del Barrio Ituzaingó (Cordoba) valora los fallos santafesinos porque establecen una doctrina judicial muy importante, en principio para los pueblos fumigados de Santa Fe, pero también para el resto del país. "Los fallos sientan una doctrina interesante más alla de Santa Fe, ya que una ordenanza con una distancia de protección para la población de las fumigaciones terrestres con agrotóxicos inferior a los 1000 metros, además de estar desactualizada y resultar ineficaz, deviene inconstitucional por no asegurar la salud de la gente."

Eugenia Boccio, abogada ambientalista de Santa Fe con experiencia en los casos de fumigaciones (fue la abogada del Caso Bassi de Zenón Pereyra y del Caso Córdoba de la localidad de Piamonte) considera al fallo de Gonzalez como un hito. Señala que ello "radica en que finalmente es el defensor general el que representa a los vecinos, lo cual habilita a todos los ciudadanos de la provincia de Santa Fe que se encuentren afectados por el flagelo de las fumigaciones, puedan acudir a los tribunales solicitando la representacion judicial de parte del Defensor General, esto es un hito y realmente destacable porque en la provincia de Sante Fe somos muy pocos los abogados que accionamos judicialmente en materia ambiental y esto habilita a que el acceso a la justicia sea realmente un derecho ejercitable y no solo una mención escrita en nuestros códigos."

Ávila, a igual que Boccio destaca la intervención de la Procuración "también lo otro muy importante y que destaco es la intervención del ministerio público en una causa no penal, acompañando a la victimas, porque de eso se trata cuando hablamos de las personas que viven en pueblos fumigados, son victimas, y correponde que el ministerio de público ejerza la defensa también en causas ambientales. Es interesante para tenerlo en cuenta."  precisa el abogado Ávila.

En definitiva, estamos ante una jurisprudencia ambiental en materia de fumigaciones cuya aplicación a cada pueblo santafesino, solo necesita su invocación en el planteo judicial respectivo . Eugenia Boccio  al respecto señala "es a partir del activismo judicial que se viene desplegando desde unos años en la Provincia de Santa Fe, que se ha logrado que las Cámaras Civiles y la Corte de la provincia se expresaran en relación a la problemática surgida a partir del modo hegemónico de producción y su impacto en la salud y la vida de las personas."

Avila coincide "el activismo judicial es importante en las luchas ambientales, ya sea mediante una denuncia penal o un amparo ambiental, no hay una vía excluyente, cada colega analizará cual es la mejor opción, el derecho ambiental está en plena construcción y lo debemos pensar no solo para esta sociedad actual, sino también para las generaciones venideras. Y en esa construcción, es fundamental el activismo judicial. Los casos de Gonzalez y  Bassi son dos ejemplos claros."

 

 

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La Denuncia por Genocidio a la "Conquista del Desierto" avanza un paso más en la busqueda de su juzgado para iniciar el Juicio por la Verdad.

Naturaleza de Derechos
Información04/12/2024

La Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Neuquen con la firma del Dr. Miguel Angel Palazzani dictamina a favor del competencia de la justicia federal neuquina dándole entidad a la denuncia efectuada por Ivana Huenelaf en la que reclama el inicio de un Juicio por la Verdad respecto a todos los delitos de lesa humanidad cometidos durante la campaña Conquista del Desierto por el Estado Argentino contra los pueblos originarios.

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Dictamen Fiscal en la Denuncia por Genocidio a la "Conquista del Desierto" sobre competencia territorial.

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Casos Jurídicos04/12/2024

El Dr. Miguel Angel Palazzani de la Unidad FIscal de Derechos Humanos de Neuquen dictamina a favor de la competencia del Juzgado Federal Nro 2 con asiento en dicha provincia, para investigar los delitos de lesa humanidad cometidos por el Estado Argentino contra los pueblos originarios durante la campaña militar "Conquista del Desierto" entre los años 1878 y 1890.

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