Atrazina: Evidencias para su cancelación. PDF descargable

Selección y recopilación de publicaciones científicas internacionales y nacionales (1979-2023) sobre el Agrotóxico Atrazina. Publicacion de Eduardo Martín Rossi.

Publicaciones27/01/2023 Eduardo Martín Rossi
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Nuevo Trabajo de Recopilación Científica de Naturaleza de Derechos: "Atrazina. Evidencias científicas para la cancelación de su uso en el sistema agroalimentario." Selección y recopilación de publicaciones científicas internacionales y nacionales (1979-2023). Rossi, Eduardo Martin. Argentina. Enero 2023.-

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La Atrazina es un agrotóxico que se presenta en nuestro país con 151 formulaciones registradas a Enero 2023 ante el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA). Es un herbicida sistémico (ingresa por las raíces de la planta) Se usa desde hace décadas en la agricultura industrial para controlar a las plantas silvestres en los cultivos extensivos. 

En la Argentina, se liberan al ambiente, por lo menos, más de 100 millones de litros por año de Atrazina, siendo el tercer agrotóxico más usado en el país, conforme datos estimativos de los informes de las propias cámaras empresariales del agronegocio, atento a la falta de datos oficiales de los organismos estatales.

La Atrazina está considerada una sustancia moderadamente móvil en los suelos y lixiviable, lo que la hace un factor importante de contaminación de las aguas superficiales y subterráneas. Estudios de la ciencia local encontraron Atrazina en aguas superficiales y subterráneas, sedimentos de arroyos y lagunas de Argentina como en muchos tipos de suelos.

Además tiene una vida media de 100 días en agua y por esto se lo considera un producto de persistencia moderada o seudopersistencia. Se demostró que la Atrazina es muy tóxica para la vida acuática con bioacumulación e impactos en los peces, fitoplacton, zooplacton, crustáceos, microcrustáceos, moluscos, anfibios, abejas, aves y mamíferos. Hay reportes en acumulacion en el aire (estudios en agua de lluvia) como así también en alimentos. Un estudio reciente realizado por la ciencia local detectó residuos de Atrazina en la leche cruda de bovino que luego se utiliza por las principales empresas comercializadora de productos lácteos, con incidencia en la dieta diaria de niños y niñas, que es el sector de la población más vulnerable en la exposición a los agrotóxicos. Hay información científica que indica que la Atrazina afecta el metabolismo de carbohidratos y lípidos.

Existen evidencias claras que la Atrazina puede generar diferentes problemas reproductivos y malformaciones. No obstante que tiene entidad para inducir estrés oxidativo, actualmente la Atrazina está calificada por la IARC (Agencia del Cáncer de la Organización Mundial de la Salud) como No Cancerígena, aunque hasta el año 1999 la había clasificado por Posible cancerígena al igual que la EPA de EEUU entre los años 1999 y 2003. Es un clásico disruptor endocrino encontrándose principalmente alteración en hormonas reproductivas y tiroides. Es considerada genotóxica, inmunotóxica, nefrotóxica y neurotóxica en especial en el fomento del Parkinson. 

Como uso agronómico, la Atrazina también está en crisis porque ya suman 66 las plantas no deseadas resistentes a dicho herbicida.

De acuerdo a las evidencias recopiladas, el SENASA en Argentina (organismo nacional competente en materia de autorizaciones comerciales de agrotóxicos para su uso en la agricultura), está obligado por la normativa vigente a la apertura, respecto de la Atrazina, del procedimiento administrativo de revisión a los efectos de la cancelación definitiva de la autorización de comercialización y uso de los formulados comerciales de dicho agrotóxico en el sistema agroalimentario, cuestión que Naturaleza de Derechos ya ha sometido ante la justicia.

De las 371 publicaciones científicas recopiladas en el presente trabajo (desde 1979 a Enero de 2023), el 20 % (80) pertenece o cuenta con la participación de la ciencia argentina. Se trata de una primera recopilación selectiva sobre más de 3000 publicaciones aproximadamente existentes en relación a la Atrazina en todo el mundo. La recopilación comprende publicaciones técnicas y científicas de revistas indexadas nacionales o internacionales con y sin evaluación de pares, Informes y revisiones elaborados de grupos académicos o científicos, comunicaciones en congresos con resumen extendido y tésis de grado o posgrado. En todos los casos se constató sobre la ausencia de conflictos de intereses de los autores y autoras.

La Atrazina ya ha sido prohibida en 44 países: todos los Estados miembros de la Unión Europea, Reino Unido, Uruguay , Cabo Verde, Cambodia, Egipto, Chad; Gambia, Mauritania, Marruecos, Niger, Palestina, Senegal, Suiza, Emiratos Árabes Unidos, Omán, Togo y Turquía. Los informes preliminares que motivaron la decisión de la prohibición en la Unión Europea en el año 2004 reconocen los riesgos para la salud de la exposición a la Atrazina como un problema de salud pública y ambiental sin que exista una forma de contener la contaminación del agua potable.

Es importante señalar, que en la Argentina, la empresa suiza Syngenta, en razón de su papel dominante en el mercado de agrotóxicos, es una de las principales productoras y comercializadoras de la Atrazina con su formulado Gesaprim, seguida de otras formulaciones de empresas subsidiarias de la misma corporación (Adama Argentina). La Atrazina fue patentada en el año 1958 en Suiza, y reconoce su producción, comercialización y exportación originaria en dicho país a través de grandes corporaciones suizas (Novartis Agribusiness, Zeneca Agrochemicals, Ciba-Geigy y Laboratoios Sandoz), que tras fusiones previas, en el año 2000 fundaron la mega corporación Syngenta. 

Syngenta si bien fue aquirida en el año 2016 por la empresa estatal china China National Chemical Corporation (ChemChina), su matriz administrativa sigue estando en Basilea, Suiza, su país de origen, en el cual paradójicamente la Atrazina está prohibida para su uso y liberación al ambiente, mientras que en la Argentina y en toda la Cuenca del Plata, la misma corporación lo produce y comercializa libremente para su uso el sistema agroalimentario. 

Por último, se señala que a solicitud del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación y en el marco de la ejecución del Proyecto PNUD ARG/17/010 sobre el “Fortalecimiento de las capacidades nacionales para el manejo de productos químicos y desechos” el grupo ad-hoc conformado por los científicos y científicas Dra. Ana María Gagneten, Dra. Luciana Regaldo, Dr. Pedro Carriquiriborde, Dr. Ulises Reno, Dra. Silvina Vanesa Kergaravat y Dra. Mariana Butinof elaboró el “Informe técnico-científico sobre el uso e impactos del herbicida Atrazina en Argentina” que fue publicado en el mes de Setiembre de 2021.

Dicho informe cita muchos de los trabajos e investigaciones comprendidas en la presente selección y recopilación, y concluye en términos generales, que el Estado debe actuar y establecer pautas y medidas de resguardo en razón de los peligros que representa la liberación al ambiente y el uso en el sistema agroalimentario de la Atrazina. Al tratarse de un informe estatal, en virtud del artículo 33 de la Ley General del Ambiente 25.675, el mismo posee la misma fuerza que un dictamen pericial en el marco de un proceso judicial.

Atento a las conclusiones y recomendaciones finales del informe mencionado como la información científica disponible que se recopila en el presente, el Estado Nacional a instancia del mismo Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación debió de oficio instar ante el organismo competente (SENASA), el inicio del procedimiento administrativo, no ya para la reclasificación ni restricciones de uso, sino directamente – tal como sucedió en la Unión Europea y en el vecino país de Uruguay- para la cancelación de todos los registros autorizados de comercialización y consecuentemente el uso del principio activo Atrazina en la Argentina, dado el riesgo de daño grave e irreparable para el ambiente, la biodiversidad y la salud pública que representa su utilización en la agricultura y sistema agroalimentario. Pero no lo hizo. Sí lo ha requerido judicialmente Naturaleza de Derechos, aportando dicho informe al que se suma la presente selección y recopilación científica, dentro de un plan sistémico y estratégico de acción jurídica contra las implicancias negativas del agronegocio en la Argentina.

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