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Tras la sentencia que revocó la cautelar que suspendió la liberación al ambiente del trigo transgénico HB4 en la provincia de Buenos Aires, se interpuso una queja ante la Corte provincial para que la deje sin efecto.
Información16/05/2023Tras la revocación por la Cámara Contencioso Administrativo de Mar del Plata de la medida cautelar que suspendió la liberación a cielo abierto en toda la provincia de Buenos Aires del Trigo Transgénico HB4, se interpuso la Queja Extraordinaria ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires para que se avoque al tratamiento del caso y deje sin efecto la sentencia revocatoria de la medida cautelar.
En el mes de Julio de 2022 el Juzgado de Responsabilidad Juvenil Nro 2 de Mar del Plata había dictado una cautelar de suspensión de liberación al ambiente en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires del Trigo Transgénico HB4 de la empresa Bioceres, solicitada por un colectivo de personas, asambleas, organizaciones ambientales y emprendimientos agroecológicos "Un Trigo de Libertad". La medida cautelar fue apelada por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que motivó la intervención de la Cámara Contencioso Administrativo de Mar del Plata que en el entendimiento erróneo de considerar que el magistrado de primera instancia había suspendido la comercialización del Trigo Transgénico, la dejó sin efecto.
Ante ello, el colectivo accionante llevó el caso ante la Suprema Corte bonaerense planteando ante todo la nulidad del sentencia en razón del grave yerro del tribunal marplatense que denota que no se ha tenido una lectura consciente de la causa judicial, ya que ni la parte actora planteó el tema de la prohibición de la comercialización del trigo transgénico HB4 ni el juez resolvió sobre la misma, sino solamente se avocó a la solicitud de suspensión de liberación al ambiente de dicho evento biotecnológico, tal como lo ordenó.
Además en la presentación ante la Corte Bonaerense se señala que la Cámara inaplicó la legislación ambiental provincial, por la cual el Trigo HB4 al tratarse de una variedad exótica - hecho indubitado y no controvertido en la causa judicial -, no puede ser liberada al ambiente al no contar con una evaluación ambiental específica previa local que asegure la no contaminación genética, tal como lo exige la normativa de la Provincia de Buenos Aires.
La acción judicial sobre el Trigo Transgénico pone en debate por primera vez el rol fundamental que tienen las provincias en el tema de los Organismos Genéticamente Modificados (OGM) en la Argentina, atento a que nuestro país no cuenta con una ley de presupuestos mínimos en una temática ambiental de alto impacto en gran parte del territorio argentino.
En tal sentido, Naturaleza de Derechos viene planteando desde hace más de una década que las provincias deben asumir su competencia ambiental en materia de OGM en razón de que tienen el dominio de los bienes ambientales conforme a la Constitución Nacional. Entre esos bienes ambientales se encuentran los recursos genéticos como las variedades criollas de trigo con las que cuenta la Provincia de Buenos Aires, principal provincia triguera, las cuales están en serio riesgo de desaparición ante la liberación de la variedad transgénica de Trigo HB4, que como todos los OGM son liberados para su comercialización en toda la Argentina por el Estado Nacional en procesos administrativos absolutamente laxos, inconsultos y permeables a los intereses de las corporaciones del agronegocio.
La Queja Extraordinaria ante la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires fue interpuesta con la firma y patrocinio jurídico de la Dra. Sabrina Ortiz de la red de acción jurídica de Naturaleza de Derechos.
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