El Archivo Imborrable: artículo publicado en Página 12 en el año 2011.
De la Patagonia Trágica al Protocolo Antipiquetes.
Cualquier similitud con la historia es pura coincidencia.
Contextos 22/01/2024 Por Bruno NapoliEl 14 de diciembre, cuatro días después de la asunción de Milei a la presidencia de la nación, se anunció en conferencia de prensa el llamado protocolo antipiquetes, en medio de consideraciones algo rústicas pero, en el fondo, advertencias bastante precisas: para asegurar el libre tránsito de personas y bienes, y con la intención de volver a ser “un país normal” (sic) se controlarían en días de manifestación las rutas y medios de transporte, identificando a quienes fueran a marchar y otorgando a las fuerzas de seguridad la decisión sobre la actitud a tomar. Al día siguiente se publicó en el Boletín Oficial lo anunciado, con el título “Protocolo para el mantenimiento del orden público ante el corte de vías de circulación”, y lo que parecía advertencia se firmó como amenaza a un derecho básico: la protesta en democracia como forma de decir algo cuando se silencian otros derechos.
La norma publicada sostiene: “Por impedimentos al tránsito (…) debe entenderse cualquier concentración de personas o colocación de vallas u otros obstáculos que disminuyeren, para la circulación de vehículos, el ancho de las calles, rutas o avenidas…”. Y luego agrega el tipo penal indicando que “la acción de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, ante tales situaciones delictivas, estará orientada a despejar los accesos y las vías de comunicación”. Aquí deberíamos preguntarnos qué harán con la manifestación de San Cayetano, la peregrinación a Lujan, las salidas de recitales, o un evento comercial masivo, pues entran perfectamente en la tipificación delictiva planteada.
Unos días más tarde, las imágenes del 20 de diciembre confirmaron la especie: controles del transporte público, camiones hidrantes al costado del camino, uniformados subiendo a colectivos y filmando a trabajadores, pidiendo documentos, preguntando el lugar de destino a quien fuera “sospechoso” de protesta. También se detuvieron vehículos por considerarlos listos para la marcha, y se propagaron avisos más ligados a un futuro distópico (casi calcado de la película “V de Vendetta”) con carteles luminosos y anuncios por altoparlantes en estaciones de trenes, ratificando las amenazas publicadas a quienes fueran a manifestarse.
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Ese día el colega Carlos Cobello[1], investigador de la historia patagónica, nos recordó inmediatamente y con honda preocupación el bando militar del Teniente Coronel Héctor Benigno Varela de noviembre de 1921, dictado en la antesala del asesinato masivo de huelguistas en el sur argentino y en el contexto de una profunda crisis económica que pagaban los peones rurales. En su campaña marcial, Varela también quería asegurar que no se interrumpiera el trabajo en las estancias y permitir la libre circulación de mercadería y obreros, entre ellas, ordenando: “a los efectos de propiciar el restablecimiento de la tranquilidad de la campaña para que sea posible comenzar el trabajo cuanto antes (…) propendiendo por los medios a su alcance a la normalización del trabajo”; una latencia de décadas en la pretendida “normalización” de lo que se desordena producto de la desigualdad y no de la protesta, acicateando el término como fundamento último de toda disposición policial.
Al igual que sucedió en los accesos a la ciudad, el bando militar de 1921 también controló el tránsito de personas entre estancias, y pidió la identificación de los “pasajeros” ante el peligro de sus intenciones. Recordemos que era una época en que las estancias alojaban trabajadores y viajeros por unos días en sus largos trayectos de un pueblo a otro.
La disposición decía: “se recomienda especialmente averiguar con la mayor exactitud la filiación de las personas que se encuentren en tránsito por las estancias, cerciorándose en todos los casos el motivo de su paso, el objeto del viaje que realizan y los efectos que conducen”. Más parecido a lo sucedido el 20 de diciembre no se consigue y desconsuela, pues el foco de la amenaza se posa libremente en las espaldas de quienes día a día se levantan temprano y viajan como ganado al trabajo; nunca vimos operativos similares en la city porteña, con luminarias y altavoces diciendo “hoy sus operaciones de títulos valores deben ser honestas, el que estafa no opera más en la bolsa, se le retira la licencia o se le cierra el banco y/o financiera”, incluso es más reducido el espacio geográfico y se gastaría menos en controlarlo. Pero no, esa criminalización va al tren, a las 5 de la mañana (hora en que comenzaron los avisos en alta voz) en Constitución y Retiro, y luego en todas las estaciones.
Además, ese control sobre el ciudadano de a pie y su posible identificación con alguna agrupación política el día de una marcha (conduciendo a su detención para impedirla) impone la ilegalidad de hecho de esa pertenencia al movimiento que lo contiene. Pues bien, veamos la orden de Varela de 1921, que entendió de la misma forma la expresión política: “queda terminantemente prohibido entenderse en lo sucesivo con representantes o miembros de sociedades obreras, las que no serán consideradas en ningún carácter legal y no deberán permitirse mantener a la vista en las estancias ni en ninguna de sus dependencias, manifiesto o cualquiera otra clase de propaganda de sociedades obreras de resistencia”.
La comparación entre el actual protocolo y el bando militar de entonces sigue siendo desoladora por su anacronismo… a riesgo de no saber cuál es cuál, el de 2023 sostiene: “En la medida de lo posible, deberán ser identificados los autores, cómplices e instigadores, mediante filmaciones y otros medios digitales o manuales, con registro prioritario de los datos de sus líderes y organización con la cual se vinculan, sin perjuicio de proceder a su detención, cuando así corresponda legalmente”. Si no fuera por la mención a las filmaciones diríamos que es un plagio perfecto en forma y contenido.
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Volvamos, para nuestro lastimado asombro, a otro apartado del bando militar de 1921: “Las estancias deberán poner en conocimiento de sus empleados, que en lo sucesivo, toda persona que tome partido en cualquier movimiento subversivo, ya sea como instigador o adherente y a los que se encontraran en armas en las manos o hubieran hecho uso de ellas contra las personas, quedarán sujetos a la sanción de la ley que será aplicada con todo rigor”. A riesgo de perdernos temporalmente en esta borrachera represiva, repasemos el actual protocolo en su artículo 8:“Los datos de los autores, cómplices, instigadores y organizadores que hubieren podido ser registrados por las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales –ya se trate de organizaciones formales o informales, con o sin personería jurídica, gremios o partidos políticos– serán remitidos al Ministerio de Seguridad para su comunicación a la autoridad de aplicación correspondiente, a los efectos de la adopción de las medidas administrativas que corresponda”.
Cómplices, instigadores, adherentes, las adjetivaciones se repiten en su formato peyorativo y persecutorio, y valen para las dos normas. La nueva disposición remata su similitud con el bando militar, estableciendo en su artículo 12: “Por vía de la Secretaría de Seguridad y Política Criminal (…) se creará un registro de las organizaciones que participan de las acciones referidas en el artículo 1º, así como del número de infractores identificados de cada una de esas entidades”. La dureza de estas normativas, con un siglo de diferencia en el tiempo mas no en la intención, confirmó ya su ignominia con otra coincidencia fatal: la Patagonia.
En 2017, y bajo la misma administración que hoy dirige el Ministerio de Seguridad de la Nación, una protesta en Cushamen (Chubut) terminó con la desaparición forzada seguida de muerte de Santiago Maldonado. Durante los 78 días que estuvo desaparecido el joven, se esparcieron infinidad de versiones falsas sobre su paradero, se negaron participaciones de agencias estatales que luego se comprobaron, y se justificó hasta el cansancio la represión absurdamente, con la consabida criminalización de la víctima.
Aquí los puntos de convergencia no son solo la Patagonia y la actual dirección del Ministerio, sino también la actuación protocolar utilizada en Cushamen, que fue la misma que ahora se pretende aplicar, con todas las reminiscencias mencionadas al bando militar de Varela. En tres tiempos, repitiendo palabras y órdenes marciales, el tratamiento desorbitado de los que reclaman contiene un método claro en las formas.
Pero también una intención en los hechos materiales que supone, casi sin presentar más pruebas, la sensación de estar nuevamente ante otra tragedia inminente.
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[1] Agradezco a Carlos Cobello la mención siempre precisa de los eventos que ligan la historia represiva al derrotero de la Patagonia.
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